Incompetencia – Devolución competencia remitida por UFI

///xxx, xx de xxxx de xxxx.-

Por recibido, regístrese.
Sin abrir juicio sobre la competencia del tribunal; y toda vez que en el presente sumario no se ha expedido respecto de la competencia de la justicia provincial el Señor Juez de Garantías interviniente, no contándose así con la decisión del órgano jurisdiccional habilitado para tal pronunciamiento, como se desprende del juego armónico de los artículos 15, 21, 23, 29, 35, 39, 43 y cc., del Código Procesal Penal de la Provincia de Buenos Aires, devuélvanse estos actuados al Señor Agente Fiscal remitente, sirviendo esta providencia de muy atenta nota de envío.